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Laboral y Previsión Social
Metalúrgicos. Obreros UOM. CCT 260/75. Acuerdo 2018-2019. Escalas Salariales Desde Abril/18 y Julio/18.
Se estableció un aumento remunerativo y acumulativo del 15% a abonarse en dos tramos.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 21/05/2018 17:52 Hs.
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La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con el sector empresario de las distintas ramas correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Abril de 2018 y hasta el 31 de Marzo de 2019.

[restabs alignment="osc-tabs-center" responsive="false"] [restab title="PUNTOS CLAVE" active="active"]

a) Incremento Salarial: se estableció un aumento remunerativo y acumulativo del 15% a abonarse en dos tramos de la siguiente manera:

 - 9% sobre los valores establecidos en el Anexo Base de Cálculo acordado en fecha 10/5/2018, a partir del mes de Abril de 2018,

 - 6% respecto a las remuneraciones del mes de Junio/2018 a partir del mes de Julio de 2018.

(Nota: mediante acuerdo firmado en el mes de septiembre se estableció un aumento remunerativo y acumulativo del 5% adicional sobre los salarios vigentes al 31/8/2018 a abonarse a partir de la primer quincena de septiembre/2018.)

b) Cláusula de Revisión: las partes acuerdan reunirse en el mes de Diciembre de 2018 a los fines de analizar si se han visto afectados los incrementos acordados y establecer los ajustes necesarios en caso de corresponder.

[/restab]

[restab title="ACUERDO"]

[wpdm_package id='11228'][/restab]

[restab title="ESCALAS SALARIALES"]

ESCALA SALARIAL VIGENTE S/ ACUERDO COMPLEMENTARIO (Desde Septiembre 2018 Hasta Marzo 2019)

[wpdm_package id='15310']ESCALA SALARIAL S/ ACUERDO ORIGINAL (Desde Abril y Junio Hasta Agosto 2018)

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[wpdm_package id='11233']

[wpdm_package id='11236']

[wpdm_package id='11239']

[wpdm_package id='11242'][/restab]

[restab title="HOMOLOGACION"]

El presente acuerdo se encuentra homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación a través de la RESOLUCIÓN N° 183/18 de la Secretaría de Trabajo de fecha 28/5/2018.


Ver HomologaciónRes. 183/18


[/restab] [restab title="TOPES"]

El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.[/restab][/restabs]

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