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Laboral y Previsión Social
Cuentas sueldo: ¿el trabajador puede elegir en qué banco cobrar?
El BCRA dispone que las entidades financieras podrán abrir estas cuentas a solicitud de los trabajadores que perciban las remuneraciones, no requiriéndose la intervención del empleador en el proceso de apertura.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 01/08/2022 17:49 Hs.
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La posibilidad de que el empleado elija en que banco tener su cuenta sueldo está reglamentada por la Comunicación "A" (BCRA) 6042. En tal sentido, se dispone que las entidades financieras podrán abrir estas cuentas a solicitud de los trabajadores que perciban las remuneraciones, no requiriéndose la intervención del empleador en el proceso de apertura. A tal efecto, cuando los trabajadores posean abierta una caja de ahorros en pesos, podrán solicitar su transformación en cuenta sueldo. En estos casos, una vez asignada la clave bancaria uniforme por la entidad financiera, será responsabilidad del trabajador proveer de dicha información al empleador a los fines de recibir las acreditaciones derivadas de la relación laboral. Cuando la apertura sea requerida directamente por el trabajador, este último deberá presentar la información requerida por la entidad y el correspondiente certificado de trabajo, recibo de sueldo o información de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que permita acreditar la relación laboral.Fuente: Servicio de Consultas y Asesoramiento Profesional Blog del Contador (podes suscribirte haciendo click aquí).
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