El Gobierno nacional oficializó una nueva medida para el sector agroexportador mediante el Decreto (PEN) 682/2025, publicado en el suplemento del Boletín Oficial de este lunes. La norma fija en 0% la alícuota de los derechos de exportación para granos y subproductos comprendidos en el anexo, con vigencia hasta el 31 de octubre de 2025 o hasta alcanzar un tope de USD 7.000 millones en DJVE, lo que suceda primero.
El beneficio busca estimular la competitividad del sector agroindustrial, uno de los principales generadores de divisas de la economía argentina. Según datos oficiales, las exportaciones del complejo agroindustrial rondan los USD 48.000 millones anuales, de los cuales el 50% corresponde a las cadenas de granos.
La norma establece además una exigencia clave: los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas en un plazo de hasta tres días hábiles posteriores a la presentación de la DJVE. El objetivo es acelerar el ingreso de dólares al mercado local y reforzar las reservas internacionales.
En caso de incumplimiento, se aplicará la alícuota previa a la entrada en vigencia del decreto, sumada a las sanciones correspondientes previstas en la legislación vigente. Asimismo, el exportador que no cumpla no podrá volver a utilizar el beneficio de retenciones cero hasta regularizar su situación.
El decreto detalla que el tratamiento arancelario será aplicable para quienes presenten DJVE u oficialicen permisos de embarque desde la vigencia de la medida hasta la fecha límite prevista.
De acuerdo al texto oficial, la medida se enmarca en la estrategia del Ejecutivo de eliminar gradualmente impuestos distorsivos, entre ellos los derechos de exportación. El Gobierno sostiene que esta reducción apunta a potenciar la estabilidad macroeconómica, el desarrollo regional y la generación de empleo en las economías ligadas al agro.
Entre los antecedentes, el Ejecutivo recordó que en 2024 y 2025 ya se habían dispuesto bajas arancelarias para economías regionales, lácteos y porcinos, lo que impulsó un aumento del 56% en volúmenes exportados y del 26% en valores.
El Banco Central, la Secretaría de Agricultura y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero serán las encargadas de dictar las normas complementarias y operativas para implementar la medida.
La norma ya se encuentra vigente desde el 23 de septiembre de 2025, al día siguiente de su publicación.